El Colegio de Abogados del Departamento Judicial Trenque Lauquen pone en conocimiento la resolución remitida por la Caja de la Abogacía de la Provincia de Buenos Aires – Delegación Trenque Lauquen acerca de una nueva interpretación del artículo 14 de la ley 6716.
Con la firma del Secretario Gabriel Picón Robredo, el texto dice lo siguiente: “El Directorio en su sesión de los días 11 y 12 del corriente mes y año, resolvió: 1) Dejar sin efecto la resolución interpretativa de Directorio de los días 13 y 14 de junio de 2019 (ver fs.3), resolviendo que las regulaciones de honorarios fijadas en Jus Arancelarios deben integrarse en pesos, al valor del citado jus vigente a la fecha de su efectivo pago. 2) Establecer que el pago de aportes y contribuciones efectuado por el/la afiliado/a en un día determinado tendrá efecto cancelatorio cuando se efectúe conforme al valor que la institución tiene publicado para el Jus Arancelario a esa misma fecha. 3) Se ordene la implementación en el sistema informático de esta Caja de Previsión. 4) Encomendar al Área de Comunicación la más amplia difusión de la presente.

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