ELECCIONES CADJTL 2026
El Colegio de Abogados del Departamento Judicial Trenque Lauquen, ha resuelto crear este espacio con destino al proceso electoral 2026 de autoridades de la institución.
Resultado Elecciones 2026
21 DE MAYO
Inicio Proceso Electoral
Matriculados/as habilitados a sufragar con domicilio en los distritos de
- Trenque Lauquen (Mesa 1)
- Pehuajó (Mesa 2)
22 DE MAYO
Continuación del Proceso Electoral
Matriculados/as habilitados a sufragar con domicilio en los distritos de
Trenque Lauquen (Mesa 1) Pehuajó (Mesa 2)
Gral. Villegas (Mesa 3) Carlos Casares (Mesa 4)
Rivadavia (Mesa 5) Salliqueló (Mesa 6)
Adolfo Alsina (Mesa 7) H. Yrigoyen (Mesa 8)
Daireaux (Mesa 9) Carlos Tejedor (Mesa 10)
Guaminí (Mesa 11) Pellegrini (Mesa 12)
Tres Lomas (Mesa 13)
PADRONES DE ELECTORES
En el marco del proceso electoral en curso, y conforme lo dispuesto por la legislación vigente (Título I, Capítulo II del Reglamento General de Funcionamiento de los Colegios Departamentales; art. 50 inc. e) de la Ley N° 5177 – T.O. por Decreto N° 180/87–, modificada por las Leyes N° 12.277 y 12.548), se informa a los/as matriculados/as lo siguiente:
1. Disponibilidad del padrón electoral
De acuerdo a lo establecido en el artículo 109°, el padrón será puesto a disposición de los/as colegiados/as durante el plazo de diez (10) días, contados a partir del tercer día hábil subsiguiente al 15 de abril, en la sede del Colegio de Abogados.
La publicación de los padrones –general y adicional- se realizó en fecha (20/4/2026) tanto en cartelera de la sede colegial de calle 9 de Julio 44 de Trenque Lauquen, como en el espacio dedicado al proceso electoral en la página web www.catl.org.ar
2. Observaciones al padrón
Conforme el artículo 110°, dentro del plazo indicado precedentemente podrán efectuarse observaciones al padrón, ya sea por omisiones o por inclusiones indebidas.
• Plazo de presentación: 20/4/2026 al 30/4/2026 14 hs.
• La nota que contenga el pedido de incorporación o exclusión de los padrones electorales deberá ser presentada en soporte papel firmada ológrafamente por el interesado en la sede colegial o remitida por correo electrónico, en cuyo caso deberá ser firmada digitalmente, a la casilla secretaria@catl.org.ar.
3. Resolución de observaciones
En virtud de lo dispuesto por el artículo 111°, el Presidente del Colegio —o su reemplazante legal en caso de excusación— resolverá las observaciones formuladas dentro del plazo de cinco (5) días.
Se recuerda la importancia de la participación activa de los/as matriculados/as en esta instancia, a fin de garantizar la transparencia y regularidad del proceso electoral institucional.
1. Disponibilidad del padrón electoral
De acuerdo a lo establecido en el artículo 109°, el padrón será puesto a disposición de los/as colegiados/as durante el plazo de diez (10) días, contados a partir del tercer día hábil subsiguiente al 15 de abril, en la sede del Colegio de Abogados.
La publicación de los padrones –general y adicional- se realizó en fecha (20/4/2026) tanto en cartelera de la sede colegial de calle 9 de Julio 44 de Trenque Lauquen, como en el espacio dedicado al proceso electoral en la página web www.catl.org.ar
2. Observaciones al padrón
Conforme el artículo 110°, dentro del plazo indicado precedentemente podrán efectuarse observaciones al padrón, ya sea por omisiones o por inclusiones indebidas.
• Plazo de presentación: 20/4/2026 al 30/4/2026 14 hs.
• La nota que contenga el pedido de incorporación o exclusión de los padrones electorales deberá ser presentada en soporte papel firmada ológrafamente por el interesado en la sede colegial o remitida por correo electrónico, en cuyo caso deberá ser firmada digitalmente, a la casilla secretaria@catl.org.ar.
3. Resolución de observaciones
En virtud de lo dispuesto por el artículo 111°, el Presidente del Colegio —o su reemplazante legal en caso de excusación— resolverá las observaciones formuladas dentro del plazo de cinco (5) días.
Se recuerda la importancia de la participación activa de los/as matriculados/as en esta instancia, a fin de garantizar la transparencia y regularidad del proceso electoral institucional.