La Mesa Directiva de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, conforme al mandato otorgado por la Junta de Gobierno celebrada en Gral. Roca resuelve:

1. Comunicarle a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que si pretendiese aplicar la ley extensivamente a supuestos no alcanzados, desde ya que la RG n° 3.997-E resulta nula de nulidad absoluta e insanable (art. 7 y 14 de la ley 19.549) por apartarse de la ley con total violación al principio constitucional de legalidad.

2. Elevar en forma urgente a Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), al ministerio de Economía de la Nación y al ministerio de Justicia d ela Nación.

3. Remítase a los Colegios Federados para su conocimiento.

4. Dese a publicitar por todos los medios que correspondan.