Los órganos judiciales y las dependencias administrativas de las cabeceras departamentales de Trenque Lauquen y de Pergamino restablecerán el servicio de justicia a partir del próximo miércoles, 1º de julio, según la Resolución nº 655/20 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

El Colegio de Abogados del Departamento Judicial Trenque Lauquen (CADJTL) y los otros 19 colegios departamentales vienen realizando mediante el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires (ColProBA) intensas gestiones en los distintos niveles y reclamando el restablecimiento del servicio de justicia desde el 16 de marzo pasado, sin apartarse del cumplimiento de los protocolos sanitarios necesarios por la pandemia de Covid-19 y sin poner en riesgo la salud de funcionarios, trabajadores judiciales, abogados y público en general.

La SCBA fundamenta que habilita el restablecimiento del servicio de justicia en las cabeceras departamentales Trenque Lauquen y Pergamino, por:  

a)Hallarse dentro de uno de los Partidos alcanzados por el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, y cumplir los requisitos fijados en función de los parámetros epidemiológicos y sanitarios.
b)Contar con protocolo aprobado para el ejercicio de la abogacía en el Municipio o a nivel provincial.
c) Ajustarse a las decisiones sanitarias establecidas por las autoridades nacionales y provinciales competentes en la materia.
d) Observar las reglas de funcionamiento operativas que se establezcan en torno a cómo administrar la labor jurisdiccional, en consonancia con las recomendaciones en materia de seguridad e higiene.
e) Cumplir con las directrices fijadas en el Protocolo general de Actuación para la prevención y seguimiento del COVID 19 en el ámbito de la Jurisdicción Administración de Justicia aprobado por Resolución SPL nº 5/20.
f) Respetar las observaciones y ajustes que se propongan desde las autoridades competentes, en razón del monitoreo y fiscalizaciones que se realicen.
Complementariamente a dichas condiciones, se determinó que, los organismos comprendidos en esta decisión, a partir del 1º de julio, funcionen bajo las «Pautas para la habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional en los Juzgados, Tribunales y dependencias de cabecera y sedes descentralizadas», obrantes en el Anexo de la presente resolución.
Adicionalmente y entre otras medidas, también se resolvió prorrogar hasta el 1º de agosto inclusive las medidas cautelares o de protección judicialmente decretadas por situaciones de violencia familiar, de género, restricción a la capacidad o adultos mayores, salvo que el juez de la causa tome una decisión en contrario en el caso en concreto y/o que la propia víctima o parte solicite su cese o una medida distinta. Durante dicho lapso los jueces efectuarán un seguimiento y revisión de dichas medidas, a fin de adoptar las decisiones que estimen pertinentes en función del caso.

http://www.scba.gov.ar/institucional/nota.asp?expre=COVID-19%20(Coronavirus).%20Condiciones%20para%20la%20habilitaci%F3n%20y%20funcionamiento%20organismos%20en%20cabecera%20y%20sedes%20descentralizadas.%20Restablecimiento%20del%20servicio%20en%20cabeceras%20departamentales%20de%20Pergamino%20y%20Trenque%20Lauquen.&veradjuntos=no