1. La primera se desarrolló en la sede de la FACA bajo el título “El proceso sucesorio debe tramitar judicialmente” el miércoles, en el marco de las Jornadas Nacionales de Derecho Sucesorio, exponiendo profesores y magistrados que abordaron distintos temas relativos al Derecho Sucesorio, tales como: Jurisdicción en materia de derecho Sucesorio; Orden público sucesorio; Etapas del proceso sucesorio; Juez competente y casos especiales; Inadmisibilidad de las pretendidas sucesiones extrajudiciales; Constitucionalidad; Seguridad jurídica; y Economía y celeridad.
Disertaron entre otros los Dres. Marcos Córdoba, Francisco A. Magín Ferrer, Fernando Pérez Lasala, Gerónimo Martínez, Esteban Gutiérrez Dalla Fonta, Olga Orlandi y la magistrada de la Provincia de Córdoba Dra. Raquel Villagra.
Luego de esas destacadas participaciones y designado por la FACA, nuestro Delegado, Dr. Ramón Faustino Pérez, dio un enfoque desde el punto de vista del interés de la abogacía y de sus incumbencias profesionales.
En esa exposición el Dr. Pérez hizo hincapié en el concepto de incumbencias que prima en la colegiación, precisando cuál es la obligación y cargo de ejercer determinada actividad pero no para reivindicar para sí la misma por un mero interés corporativo, sino en interés de la sociedad y por ser la única que garantiza sus derechos.
Señaló, además, que este concepto en cuanto a las incumbencias es necesario conectarlo imprescindiblemente en cualquier análisis con las normas de la Ley de Educación Superior y la Resolución específica, que declaró de interés público a la abogacía y determino cuáles son las actividades reservadas al título, entre las que se incluyó la de ejercer la función jurisdiccional en sede administrativa y judicial (Anexo V , inc 3) de la Resolución 3401/E 2017 del Ministerio de Educación de la Nación en acuerdo con el Consejo de Universidades, motivo por el cual resulta muy claro que los procesos sucesorios solo pueden tramitar en sede judicial.
Asimismo, fundamentó y resaltó que siendo la actividad del Notario esencialmente privada, existirá un enorme riesgo para la población quedar sin la garantía de la responsabilidad del Estado en casos que existan irregularidades en el ejercicio de sus funciones por parte de los órganos que tienen que llevar adelante este tipo de procesos.
2. Las segunda actividad –también organizada por la FACA conjuntamente con los Colegios de Abogados de Córdoba y de Rosario- se llevó a cabo el jueves 14 último en el Auditorio del Anexo “A” de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, donde expusieron prestigiosos académicos y magistrados, como los Dres. Marisa Herrera, Marcos Córdoba, Silvana Chiapero, Juan Carlos Palmero y Natalia Eva Torres Santomé, quienes se refirieron al tema de los Divorcios Administrativos y Sucesiones Notariales, en relación con los proyectos existentes para modificar la legislación sobre esas materias.
Todos los disertantes coincidieron en la inconveniencia de intentar cambiar la legislación sobre ambas materias, fundamentalmente porque las mismas han sido objeto de profundo estudio y modificaciones durante todo el proceso que culminó con la aprobación de Código Civil y Comercial, sancionado a través de la Ley 26.994, habiendo resultado un todo armónica y coherente que será muy afectado si se concretan esos apurados intentos de modificación.
La convocatoria fue multitudinaria y asistieron abogados de todo el país, a tal punto que se demoró el inició durante más de una hora, dado el tiempo que demandó la acreditación de la gran cantidad de asistentes.
En definitiva, como lo venimos haciendo, desde nuestro Colegio hemos podido acompañar a la abogacía del país en todas aquellas acciones que tiendan a defender nuestras incumbencias profesionales y a enaltecer el concepto de la abogacía, en la seguridad que nuestra actividad es la única que garantiza la seguridad jurídica de la población.

Comentarios recientes